EDICTO $Juzgado de Primera Instancia Nº 7 - Secretaría 14, en el expediente C-278234/2025, caratulado: "SUCESORIO AB INTESTATO: FLORES BEJARANO, ANDREA Solic. por IBARRA, RUBEN TOMAS", notifica a JUAN IBARRA - CI. 83249, de la providencia que a continuación se transcribe:"SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de octubre de 2025.-I.-...-II.-...III.- Proveyendo el Escrito Digital N° 1944911: ..notifíquese al Sr. JUAN IBARRA, la providencia de apertura del presente juicio sucesorio, mediante Edictos.-V.- Notifíquese por cedula.-FDO.: DRA. LIS VALDECANTOS BERNAL- JUEZ. ANTE MI: DRA. SANDRA MONICA TORRES -SECRETARIA".- PROVIDENCIA DE APERTURA JUICIO SUCESORIO: "SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 DE JULIO DE 2025.-I.- Proveyendo el escrito Nº 1828744: Téngase por presetado al Dr. RAÚL ÁNGEL DELGADO, en nombre y representación de RUBÉN TOMAS IBARRA D.N.I. Nº 14.924.220, en el carácter de Gestor - Art. 73 del C.P.C.C. que se le concéde en esta oportunidad y por única vez.-II.- Atento haberse reunido los extremos que prevé el Art. 600 del C.P.C.C. y el Art. 2277 C.C y C, DECLARASE ABIERTO el presente Juicio Sucesorio de ANDREA FLORES BEJARANO D.N.I. Nº 11.663.591, publíquense los Edictos de Ley a fin de que comparezcan en el término de TREINTA DÍAS los presuntos herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes relictos el cual deberá efectivizarse en el Boletín Oficial y un Diario Local por UN DÍA (Art. 2.340 C.C. y CN y Art. 602 Inc. 2 del C.P.C.C.), a efectos de otorgarle mayor publicidad al acto procesal (Art. 8 del C.P.C.C.).-III.- Oportunamente dese intervención al Ministerio Fiscal (Art. 603 C.P.C.C.).-IV.- Líbrese Oficio a la Dirección de Inmuebles de la Pcia. de Jujuy, a fin de que eleve INFORME de los inmuebles registrados a nombre de la causante y en su caso remita copia de las matrículas respectivas (Art. 602 Inc. 4 de la Ley Nº 6358).-V.- Así también, ofíciese al Registro de Actos de Última Voluntad de la Provincia, a los fines de solicitar un INFORME conforme lo previsto en el Art. 602 Inc. 3 C.P.C.C.-VI.- Asimismo la promotora de autos deberá denunciar si existen otros presuntos herederos de ANDREA FLORES BEJARANO D.N.I. Nº 11.663.591 y en su caso el domicilio de los mismos.-VII.- ...VIII.- Notifíquese Art. 169 del C.P.C.C.-FDO.: DRA. LIS VALDECANTOS BERNAL- JUEZ. ANTE MI: DRA. SANDRA MONICA TORRES -SECRETARIA".-