EDICTO El Dr. Diego Armando Puca juez en Juzgado de Primera Instancia Nº 2 - Secretaría 4, en el expediente C-245234/2024, caratulado: "EJECUTIVO: BAZAR AVENIDA S.A. C/ FLORES, FAUSTO", notifica a FLORES, FAUSTO (DNI 17931517), la providencia que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 19 de febrero de 2026. 1.- Proveyendo el escrito Nº 1931379/1991242 del Dr. Hector Nevi Piccardo, publíquese edictos en un diario local de amplia circulación y en el Boletín Oficial por un día, a fin de notificar al Sr. Fausto Flores (DNI Nº 17.931.517), la presente providencia y el decreto de fecha 05/11/2024. Hágase saber al accionado, que la resolución se tendrá por notificada a los cinco (5) días contados desde la última publicación (art. 179 CPC). 2.- Hágase saber al Dr. Piccardo que existen diligencias disponibles para su impresión y posterior diligenciamiento. 3 - Notifíquese Art. 169 de C.P.C.-Firmado: Dr. Diego Armando Puca -Juez-, ante mi, Proc. Enzo Gerardo Ruiz Secretario Habilitado-. Es Copia. / / / SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Noviembre de 2024.- 1.- . . . 2.- Proveyendo el escrito Nº 1133899, téngase por presentado al DR. Hector Nevi Piccardo por parte, por constituido domicilio legal, en nombre y representación de Bazar Avenida S.A. a mérito de la copia del Poder Gral. Para juicios que agrega 3.- A los fines de asegurar la tutela efectiva de derechos y garantías constitucionales, la aplicación inmediata del sistema procesal, conforme a lo dispuesto en los párrafos precedentes, déjese sin efecto el punto 2 y 3 de la providencia de fecha 06/05/2024 y dispóngase lo siguiente: "1.- . 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 515 y 519 del C.P.C. y demás concordantes líbrese en contra del demandado Sr. Fausto Flores, D.N.I. Nº 17.931.517, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de pesos cincuenta y siete mil cuatrocientos ochenta y seis con 34/100 ctvos ($ 57.486,34) por capital reclamado, con mas la suma de pesos veintiocho mil setecientos cuarenta y tres con 17/100 ctvos ($ 28.743,17), calculados provisoriamente para acrecidas y costas. En defecto de pago trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, y los que serán denunciados en el acto, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo, cítaselo de REMATE para que en el término de cinco (5) días, de notificado comparezcan a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.3.- Intímase a la parte demandada para que en el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del perímetro de la Ciudad. Asimismo, intimase a las partes y sus letrados o cualquier tercero interviniente a denunciar correo electrónico válido y de su eventual actualización, bajo apercibimiento (art. 65 del C.P.C. y C. ley 6.358)". 3.- Comisiónase, a los efectos del punto anterior, a los Sres. Oficiales de Justicia para su diligenciamiento de conformidad a lo establecido por el art. 521, art. 522 del C.P.C. y C. ley 6.358, para allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario. 4.-Proveyendo el escrito N° 1332262 y N° 1431460 del Dr. Héctor Nevi Piccardo agréguese y tengase presente el nuevo domicilio informado del Sr. Fausto Flores sito en Calle 262 Mzna PA 1 lote 8 (entre calles 253 y 255) - Barrio Alto Comedero (entre 28 viviendas de Atsa y 60 viviendas del Cedems)- San Salvador de Jujuy.- 5.-. . .- 6.- Notifíquese art. 169 de C.P.C.- QRS.- Firmado: Dr. Diego Armando Puca - Juez-, ante mi, Proc. Enzo Gerardo Ruiz -Secretario Habilitado-. Es Copia - Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local de amplia circulación por un dia. - SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DE FEBRERO DE 2026.- Firmado por Ruiz, Enzo Gerardo - Firma habilitada Archivos adjuntos: Sin archivos adjuntos